Dentro del paquete de medidas aprobadas por el Consejo de Ministros destacan la flexibilidad de la tramitación de los Ertes y la creación de una prestación extraordinaria para los autónomos que conllevará la exoneración del pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Los Ertes serán tramitados por vía de fuerza mayor, lo que permitirá su aprobación en cinco días, eso sí, si las Direcciones Autonómicas de Trabajo no están saturadas en esos momentos.
Con respecto a los trabajadores afectados, se han flexibilizado las condiciones, de tal forma, que los que no hayan cotizado al menos dos años, como exige actualmente la Ley, podrán cobrar desempleo y ese tiempo que estén cobrando no restará de futuros periodos de desempleo. Las empresas que acudan al Erte estarán exonerados de pagar las cuotas.
Para los autónomos se ha aprobado una nueva prestación para aquellas personas cuya actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación disminuya un 75% sobre el promedio del semestre anterior.
La prestación equivaldrá al 70% de la base reguladora y como en el caso de los asalariados, no tendrán que haber cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad y no computará para períodos futuros de prestación por este motivo, también se les eximirá del pago de la cotización a la Seguridad Social.