Empresa familiar: el TEAC aplica la doctrina del Supremo sobre el ISD
El TEAC cambia el enfoque sobre la empresa familiar
La aplicación de la reducción por empresa familiar en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones vuelve a situarse en el centro del debate tributario tras la Resolución 01773/2025 del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC). El órgano económico-administrativo ha asumido la doctrina fijada por el Tribunal Supremo y ha descartado que la Administración pueda exigir justificar la necesidad económica del trabajador contratado para acreditar la existencia de una actividad económica.
El criterio resulta especialmente relevante para las sociedades dedicadas al arrendamiento de inmuebles, donde este requisito había sido objeto de frecuentes controversias.
El origen de la controversia
La Administración tributaria de Galicia había denegado parcialmente la reducción por empresa familiar al considerar que la entidad participada no cumplía los requisitos exigidos por el artículo 27.2 de la Ley del IRPF.
Aunque existía una empleada contratada a jornada completa, la Inspección entendía que el reducido volumen de actividad hacía innecesaria esa contratación. Sobre esa base, practicó una regularización superior a 310.000 euros e impuso una importante sanción tributaria.
El contribuyente defendió que la normativa únicamente exige acreditar la existencia de un trabajador contratado y aportó abundante documentación laboral y de Seguridad Social para demostrarlo.
La importancia de la doctrina del Supremo
El Tribunal Supremo resolvió definitivamente esta cuestión mediante su sentencia de julio de 2025. En ella declaró que la ley establece requisitos objetivos y que la Administración no puede añadir condiciones adicionales que generen inseguridad jurídica.
Según el Alto Tribunal, exigir que el contribuyente demuestre la necesidad económica del trabajador supone incorporar un requisito inexistente en la normativa y contrario a la finalidad de la reducción, que pretende facilitar la continuidad de las empresas familiares tras una sucesión.
Aplicando esta doctrina, el TEAC considera acreditada la existencia del contrato laboral y reconoce el derecho del heredero a aplicar íntegramente la reducción.
Repercusiones prácticas
La resolución consolida un criterio favorable para los contribuyentes y limita el margen de interpretación de la Administración en futuras comprobaciones. Además de anular la liquidación tributaria, el TEAC deja sin efecto la sanción al desaparecer el presupuesto jurídico que justificaba la infracción.
Se trata de una resolución con un evidente impacto práctico para quienes transmiten empresas familiares con patrimonio inmobiliario, ya que aporta mayor previsibilidad y reduce la litigiosidad en una materia especialmente conflictiva.