Violencia vicaria: proyecto de ley orgánica

14/07/2026

Propuesta aprobada de cambios legislativos contra la violencia vicaria

La reforma prioriza la protección de los menores

El Proyecto de Ley Orgánica de medidas en materia de violencia vicaria aprobado por el Consejo de Ministros introduce importantes modificaciones en el Código Civil, el Código Penal, y otras normas con el objetivo de reforzar la protección de los menores y de las personas dependientes utilizadas como instrumento para ejercer violencia contra las mujeres.

La reforma parte de la necesidad de adaptar la legislación a una realidad que ha puesto de manifiesto la práctica judicial: la utilización de hijos y familiares para causar daño psicológico a la víctima constituye una manifestación especialmente grave de la violencia de género.

Patria potestad y guarda y custodia

Entre las principales novedades figura la modificación del régimen de patria potestad. El proyecto establece su privación automática cuando exista sentencia condenatoria firme por determinados delitos graves cometidos contra los hijos o contra la mujer. Además, los tribunales podrán acordar esta medida cuando existan indicios fundados de violencia o el progenitor se encuentre inmerso en un procedimiento penal por determinados delitos.

La reforma también limita la posibilidad de acordar la guarda y custodia compartida cuando esta pueda resultar perjudicial para el bienestar físico, psicológico o emocional de los menores. Con ello se pretende garantizar que el interés superior del menor prevalezca sobre cualquier otro criterio durante la adopción de decisiones judiciales.

Mayor participación de los hijos

Otra de las modificaciones relevantes afecta al derecho de los menores a ser escuchados. El proyecto establece que deberán ser oídos en todos los procedimientos relacionados con la guarda y custodia, adaptando la audiencia a su edad y grado de madurez y contando, cuando sea necesario, con el apoyo de especialistas.

Solo de forma excepcional podrá prescindirse de esta audiencia, siempre que el órgano judicial motive expresamente las razones y garantice que la opinión del menor se conozca a través de personas que puedan transmitirla objetivamente.

Otras medidas complementarias

La iniciativa también modifica el artículo 94 del Código Civil para reforzar la motivación judicial cuando se acuerden visitas, comunicaciones o estancias con un progenitor investigado por violencia doméstica o de género.

Junto a ello, la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor y la Ley de Enjuiciamiento Civil incorporan la exposición de los menores a la violencia vicaria como indicador de situación de riesgo y agilizan los procedimientos sobre patria potestad mediante su tramitación por juicio verbal.

Estas reformas se complementan con cambios en el Registro Civil, la Seguridad Social y la formación especializada de jueces, fiscales y demás operadores jurídicos, configurando una respuesta integral frente a una de las manifestaciones más graves de la violencia de género.

LIBIA

Por la situación del COVID-19 el Consulado se reserva el derecho de solicitar PCR u otros documentos relacionados con el COVID-19.

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA UN VISADO DE NEGOCIOS

  • Pasaporte original una validez mínima de 6 meses.
  • Fotocopia de la primera cara del pasaporte.
  • Formulario debidamente cumplimentado en ordenaro. No aceptan formularios cumplimentados a mano.
  • 2 fotografías tamaño carnet.
  • Carta de presentación en España. Tiene que estar redactada en inglés.
  • En caso de extranjeros, copia de la tarjeta de residencia.

El visado tarda 3 días. El horario de apertura al público es de lunes a jueves de 10:00 a 13:00h.
Dirección del consulado: : Avenida Comandante Franco, 32.

ANGOLA

Por la situación del COVID-19 el Consulado se reserva el derecho de solicitar PCR u otros documentos relacionados con el COVID-19.

Lo primero es de gestionar la carta de invitación por la empresa que Angola, y tienes que mandarla desde Angola al consulado.

Posteriormente te dan una cita y hay que ir al consulado en persona.

Para ir adelantando podemos ir solicitando el certificado de penales.

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA UN VISADO DE NEGOCIOS

  • 1 Formulario original debidamente cumplimentado (los formularios los tenemos aquí en oficina de viajes)
  • Pasaporte original y copia de la primera cara del mismo válido mínimo 12 meses.
  • 1 Fotografía original no sirven fotocopias a color o similares.
  • Copia tarjeta residencia para ciudadanos no españoles.
  • Registro o albarán comercial de la empresa que invita en Angola.
  • Carta invitación empresa angoleña.
  • Certificado de antecedentes penales. éste ha de ser reciente, como máximo un mes.
  • Copia de la cartilla internacional de vacunación. obligatoria fiebre amarilla. ha de vacunarse mínimo diez días antes de la entrada al país, pueden denegarle la entrada de no cumplirse.
  • Copia reserva de vuelos y hotel.
  • Justificante de residencia en España, padrón, recibos domiciliados o similares.
  • Si se ha viajado con anterioridad a Angola y la visa está en un pasaporte anterior, copia del visado anterior.
  • CIUDADANOS PORTUGUESES, seguro de viajes (copia tarjeta seguro sanitario tipo adeslas, sanitas…)

IMPORTANTE: NO ACEPTAN PASAPORTES CON CADUCIDAD INFERIOR A 12 MESES.

Horario de recepción de documentos: lunes y martes de 9 a 12h (mediante cita previa que nos concede la Embajada)

La persona que viaja ha de ir a la Embajada ya que tendrá que poner su huella dactilar.

Horario de entrega de documentación: viernes de 9 a 11h.

Presentando Lunes/Martes el visado suele obtenerse el viernes de esa misma semana. Sin embargo, en ocasiones se demora hasta el siguiente viernes sin previo aviso ni justificación.

Dirección del Consulado: Calle Lagasca, 88.