Google podría responder por vídeos de YouTube sobre juegos de azar online

16/07/2026

El TJUE limita la protección de Google

La sentencia analiza la responsabilidad de las plataformas digitales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha establecido nuevos criterios sobre la responsabilidad de las plataformas digitales respecto de los contenidos publicados por terceros. En la sentencia dictada en el asunto C-421/24, AGCOM, el Tribunal considera que Google podría no beneficiarse de la exención de responsabilidad prevista por la normativa europea si conocía que un creador de contenido asociado a la compañía difundía vídeos que promocionaban juegos de azar en línea.

El procedimiento deriva de la sanción impuesta por la autoridad reguladora italiana a Google Ireland Ltd, a la que se ordenó retirar diversos vídeos de YouTube y abonar una multa de 750.000 euros por vulnerar la normativa nacional sobre publicidad de juegos de azar.

El conocimiento previo del contenido resulta decisivo

Durante el procedimiento quedó acreditado que el creador de contenido mantenía un acuerdo de asociación comercial con Google basado en el reparto de ingresos publicitarios.

Antes de suscribir ese contrato, la plataforma había examinado distintos elementos del canal, entre ellos su temática principal, los vídeos con mayor número de visualizaciones, las publicaciones más recientes y los metadatos asociados. Precisamente este análisis previo constituye el elemento que diferencia el caso de un supuesto ordinario de alojamiento de contenidos.

El Tribunal entiende que ese examen puede proporcionar a la plataforma un conocimiento suficiente sobre la actividad desarrollada por el creador de contenido.

La Directiva de comercio electrónico sigue siendo aplicable

La sentencia recuerda que las actividades relacionadas con los juegos de azar no forman parte del ámbito de armonización de la Directiva 2000/31/CE. No obstante, ello no significa que los servicios de alojamiento de contenidos queden excluidos automáticamente cuando los vídeos publicados tratan sobre esa materia.

El alojamiento de contenidos continúa sometido a la normativa europea, siempre que el operador desempeñe una función neutral y no intervenga en la selección o conocimiento efectivo de la información almacenada.

Cuando esa neutralidad desaparece, también puede desaparecer la protección jurídica prevista para los intermediarios.

Un criterio con impacto para las plataformas

El Tribunal deja en manos del Consejo de Estado italiano la comprobación de si Google podía ignorar razonablemente que el canal asociado estaba dedicado a promocionar juegos de azar. Esa valoración será determinante para establecer si la compañía puede acogerse o no a la exención de responsabilidad.

LIBIA

Por la situación del COVID-19 el Consulado se reserva el derecho de solicitar PCR u otros documentos relacionados con el COVID-19.

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA UN VISADO DE NEGOCIOS

  • Pasaporte original una validez mínima de 6 meses.
  • Fotocopia de la primera cara del pasaporte.
  • Formulario debidamente cumplimentado en ordenaro. No aceptan formularios cumplimentados a mano.
  • 2 fotografías tamaño carnet.
  • Carta de presentación en España. Tiene que estar redactada en inglés.
  • En caso de extranjeros, copia de la tarjeta de residencia.

El visado tarda 3 días. El horario de apertura al público es de lunes a jueves de 10:00 a 13:00h.
Dirección del consulado: : Avenida Comandante Franco, 32.

ANGOLA

Por la situación del COVID-19 el Consulado se reserva el derecho de solicitar PCR u otros documentos relacionados con el COVID-19.

Lo primero es de gestionar la carta de invitación por la empresa que Angola, y tienes que mandarla desde Angola al consulado.

Posteriormente te dan una cita y hay que ir al consulado en persona.

Para ir adelantando podemos ir solicitando el certificado de penales.

DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA UN VISADO DE NEGOCIOS

  • 1 Formulario original debidamente cumplimentado (los formularios los tenemos aquí en oficina de viajes)
  • Pasaporte original y copia de la primera cara del mismo válido mínimo 12 meses.
  • 1 Fotografía original no sirven fotocopias a color o similares.
  • Copia tarjeta residencia para ciudadanos no españoles.
  • Registro o albarán comercial de la empresa que invita en Angola.
  • Carta invitación empresa angoleña.
  • Certificado de antecedentes penales. éste ha de ser reciente, como máximo un mes.
  • Copia de la cartilla internacional de vacunación. obligatoria fiebre amarilla. ha de vacunarse mínimo diez días antes de la entrada al país, pueden denegarle la entrada de no cumplirse.
  • Copia reserva de vuelos y hotel.
  • Justificante de residencia en España, padrón, recibos domiciliados o similares.
  • Si se ha viajado con anterioridad a Angola y la visa está en un pasaporte anterior, copia del visado anterior.
  • CIUDADANOS PORTUGUESES, seguro de viajes (copia tarjeta seguro sanitario tipo adeslas, sanitas…)

IMPORTANTE: NO ACEPTAN PASAPORTES CON CADUCIDAD INFERIOR A 12 MESES.

Horario de recepción de documentos: lunes y martes de 9 a 12h (mediante cita previa que nos concede la Embajada)

La persona que viaja ha de ir a la Embajada ya que tendrá que poner su huella dactilar.

Horario de entrega de documentación: viernes de 9 a 11h.

Presentando Lunes/Martes el visado suele obtenerse el viernes de esa misma semana. Sin embargo, en ocasiones se demora hasta el siguiente viernes sin previo aviso ni justificación.

Dirección del Consulado: Calle Lagasca, 88.