El TSXG condena a Administraciones por abuso prolongado de contratación temporal pública
Indemnización por abuso de temporalidad
El TSXG refuerza la protección de los interinos
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha reconocido el derecho de dos personas trabajadoras del sector público a ser indemnizadas por los daños morales ocasionados por el abuso de la contratación temporal. En dos sentencias recientes, la Sala de lo Social concluye que tanto la Xunta de Galicia como la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil mantuvieron durante un periodo excesivamente prolongado relaciones laborales temporales contrarias a la normativa europea.
Las resoluciones se apoyan en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, que exigen una respuesta efectiva frente al uso reiterado e injustificado de la contratación temporal en las Administraciones Públicas.
La reparación del daño moral
Aunque ambas personas trabajadoras obtuvieron posteriormente una plaza fija mediante procesos selectivos, el TSXG considera que ese hecho no constituye una medida suficiente para reparar el abuso sufrido. Según la Sala, los procesos de estabilización permiten consolidar la relación laboral, pero no compensan el perjuicio ocasionado por años de incertidumbre e inestabilidad.
Por ello, el tribunal rechaza la indemnización extintiva, al no existir una finalización de la relación laboral atribuible al empleador, pero reconoce el derecho a una compensación económica por daño moral.
Criterios para calcular la indemnización
Para fijar la cuantía indemnizatoria, la Sala utiliza como referencia la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). A juicio del tribunal, los importes mínimos previstos en esta norma constituyen un criterio adecuado para valorar el perjuicio derivado del abuso de la temporalidad.
Además, las sentencias precisan que el derecho a la indemnización puede reproducirse por cada periodo completo de tres años en el que la situación abusiva se mantenga, siempre que la cuantía se adapte a las circunstancias concurrentes. En estos dos procedimientos, la compensación quedó limitada a 10.000 euros porque era el importe solicitado por las personas recurrentes.
Posibles consecuencias para las Administraciones
Uno de los casos analizados afectaba a una trabajadora que permaneció más de quince años como interina en la Xunta de Galicia. El otro se refería a una relación temporal mantenida entre 2002 y 2024 con la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil.
Además de imponer las indemnizaciones, el TSXG ha ordenado remitir las resoluciones a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para que estudie la apertura de expedientes sancionadores. El tribunal incorpora igualmente el criterio del Tribunal Supremo según el cual la obtención de una plaza fija puede reducir la entidad del daño moral, pero no elimina el derecho a ser resarcido. Las dos sentencias todavía no son firmes y podrán ser revisadas por el Tribunal Supremo mediante recurso de casación.