El Gobierno aprueba medidas extraordinarias laborales ante incendios forestales
Incendios forestales: nuevas medidas de protección
Un marco excepcional para trabajadores y empresas
El Gobierno ha aprobado un real decreto-ley que incorpora medidas extraordinarias para hacer frente a las consecuencias laborales y sociales derivadas de los incendios forestales registrados durante la campaña de alto riesgo de 2026. La norma responde a las situaciones de emergencia que obligan a decretar evacuaciones, confinamientos o limitaciones de acceso y busca proteger tanto a las personas trabajadoras como a las empresas afectadas.
Las medidas podrán solicitarse desde el 22 de julio y permanecerán vigentes hasta la conclusión de la campaña anual de incendios forestales. Además, no se limitarán únicamente a los municipios afectados, sino que también alcanzarán a quienes, aun desarrollando su actividad en otras localidades, sufran perjuicios directamente relacionados con la emergencia.
Suspensión del contrato y nueva prestación
Uno de los ejes del real decreto-ley es la posibilidad de suspender temporalmente el contrato de trabajo para acceder a una Prestación Extraordinaria por Emergencia Extrema.
El derecho podrá ejercerse cuando la persona trabajadora no pueda acudir a su puesto por no tener acceso a su vivienda o a los efectos imprescindibles para desarrollar su actividad. También se contempla para quienes deban realizar tareas de recuperación del domicilio, gestionar documentación oficial de manera presencial o asumir responsabilidades de cuidado respecto de familiares o convivientes afectados por los incendios, especialmente cuando se produzca el cierre de centros educativos.
La prestación tendrá una duración máxima de cuatro meses, se reconocerá sin exigir cotización previa y no reducirá futuros derechos derivados de las cotizaciones acumuladas.
Garantías jurídicas adicionales
El real decreto-ley incorpora una protección específica frente a posibles represalias laborales. En este sentido, cualquier medida empresarial perjudicial adoptada por el ejercicio de los derechos reconocidos en la norma será declarada nula.
Junto a ello, se prevé la suspensión extraordinaria de determinados plazos procesales en los partidos judiciales especialmente afectados, sin perjuicio de las actuaciones urgentes previstas por la legislación procesal. También se flexibilizan los plazos en materia concursal para evitar que las consecuencias económicas inmediatas de los incendios perjudiquen el ejercicio de los derechos de personas físicas y empresas.
Apoyo a autónomos y tejido empresarial
Las medidas incluyen actuaciones específicas en materia de Seguridad Social. Los trabajadores autónomos que cesen total o parcialmente su actividad como consecuencia de los incendios podrán acceder a la prestación por cese de actividad sin acreditar el período mínimo de cotización ni la concurrencia de fuerza mayor.
Asimismo, las empresas que obtengan autorización para aplicar expedientes de regulación temporal de empleo motivados por esta situación podrán beneficiarse de exenciones en las cotizaciones sociales correspondientes a las personas trabajadoras afectadas.
Con esta regulación, el Ejecutivo establece un marco temporal de protección destinado a minimizar el impacto económico y laboral de los incendios forestales, reforzar la seguridad jurídica y facilitar la recuperación de la actividad de trabajadores, autónomos y empresas afectados por la emergencia.